Además, el bloque del Partido de la Liberación (PLD) rechazó las propuestas de excluir del proyecto la cocoa, grasas, aceites y otros comestibles, así como la carga impositiva que los senadores colocaron a las compras por Internet menores a los US$200.
Durante los debates de más de cuatro horas sobre la reforma fiscal hicieron uso de las palabras alrrededor de 20 legisladores, iniciativa mediante el cual el Gobierno pretende recaudar RD$46 mil millones.
En los debates sobre la Ley de Cine, se establece que a partir de la promulgación de la misma, el crédito fiscal previsto en el artículo 39 de la ley 108-10, para el fomento de la Actividad cinematográfica, del 29 de julio de 2010 y sus modificaciones, deberá ser utilizado exclusivamente por el productor para cumplir sus obligaciones tributarias.
De igual forma, explica que la amnistía fiscal a todos los contribuyentes será aprobada mediante una ley, que será sometida posteriormente a la promulgación de la ley.
La propuesta prohibía la importación de prenderías, trapos y calzados usados (pacas), con fines comerciales o de beneficencia, pero este artículo fue eliminado.
Entanto, las ganancias obtenidas a través de los premios en las bancas de apuestos en los deportes y loterías, quedan gravadas con un 10% para los premios de más de RD$100,001 y hasta RD$500 mil; los de RD$500,001 hasta un RD$1.0 millón, pagarán un 15% y los premios de más de RD$1,000,001 quedan gravados con un 25%.
De la aplicación del ITBIS quedaron exentos, entre otros productos, embutidos como salchichones, salamis y salchichas, chorizos, longaniza y mortadela, morcilla, butifarras y tripas.
La aplicación del impuesto del 1% al valor de los vehículos fue pospuesta para el 2014; mientras el impuesto del 1% sobre el Patrimonio inmobiliario total de las personas físicas, en vez de ser por un monto de RD$5 millones, será de RD$6.5 millones.
El impuesto a la transferencia de inmuebles fue dejado en 3% y no en 4.5 % como estaba en la propuesta original; y sobre la ley sobre Energía Renovable que se establecía una exención de un 75% del Impuesto Sobre la Renta y se redujo en un 40%; mientras que con relación al incremento del ad valoren del Avtur, de un 8% al pago del Ad Valoren, fue reducido a un 6.5 por ciento.
De igual forma, se eliminó el 5% de las ventas para las industrias textiles y de calzados, establecido en la ley 56-07, se incluyó para la exención del ITBIS, que sólo se establecía para el servicio educativo, también el aspecto cultural.
Asimismo, se mantiene el impuesto por emisión de CO2, pero se redujeron los porcentajes de 0, 1, 3 y 5 y se cambió por 0,1, 2 y 3 el porcentaje a pagar por este concepto.
Los cambios eliminan del artículo 40 referente a la Ley 28-01, que otorga incentivos a las empresas que se establezcan en la zona fronteriza, con el compromiso de modificar esa ley en un plazo de 60 días, para limitar las empresas que recibirán incentivos por operar en esa parte del país.
Sin embargo, no serán gravados los salones de belleza y ni las peluquerías, ni negocios informales, salvo aquellos que su volumen mensual de compra sea mayor de RD$50 mil, que deberán pagar RD$12 mil anual.
También se mantendrá el impuesto del 10% de propina establecido por ley, que erróneamente se había informado que fue eliminado y las zonas francas, serán gravadas sus ventas locales con un 3.5 % en vez de un cinco.
El nuevo proyecto tributario elimina gravar el salario de Navidad con el Impuesto Sobre la Renta (IRS) a las personas físicas, pero contempla un aumento de RD$2.0 al galón de las gasolinas y gasoil para destinarse al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura vial, así como a la renovación del transporte público.
Asimismo, seguirá hasta el 31 de diciembre 2013 el cobro del 1% a los activos financieros y se mantendrá la tasa del 10% a los servicios de telecomunicaciones.
El proyecto también contempla bajar la tasa de impuestos sobre activos a 0.5% en el 2015 y la eliminación del impuesto a partir del año 2016.
Aumenta en los próximos tres años el ISC a cigarrillos y manufacturas hasta alcanzar una tasa efectiva de tributación de 70% y mantiene la tasa de 130% de ISC a la importación de tabaco para fumar.
El proyecto actual elimina la propuesta de gravar las bebidas no alcohólicas con ISC de 10%, y mantiene exento del pago del ITBIS los bienes de la canasta básica como arroz, habichuelas, carnes, pollo, huevos, leche, frutas, vegetales, así como bienes de capital e insumos agropecuarios, materiales y servicios educativos, medicinas y servicios médicos, servicios básicos y servicios financieros y combustibles.
Además, se amplía la base imponible a café, azúcar, aceites y grasas comestibles, yogurt y chocolate, servicios de entretenimiento y cuidado personal a tasas de 8%, 11%, 13% y 16%, en vez de 10%, 12%, 14% y 16%, en el periodo 2013-2016, de acuerdo a lo contemplado originalmente.